Desde el pasado mes de marzo, el SAT publicó en su sitio web el complemento aplicable a factura electrónica de comercio exterior.
El próximo viernes 01 de julio, entra en vigor la primera fase que contempla el uso del complemento únicamente para las operaciones de exportación.
La Factura Electrónica de Comercio Exterior se utiliza por los contribuyentes que exporten mercancías en definitiva con la clave de pedimento “A1”, de acuerdo con el Apéndice 2 del Anexo 22 de las Reglas Generales de Comercio Exterior.
En dicha factura, podrán incorporar la siguiente información:
• Tipo de operación
• Datos de identificación fiscal del emisor, receptor o destinatario de la mercancía,
(Receptor es quien realiza el pago de una operación, mientras que el destinatario es quien recibe la mercancía.)
• Descripción de las mercancías exportadas.
Además, los contribuyentes que exporten mercancías en definitiva con dicha clave de pedimento “A1” deberán asentar en el pedimento respectivo el número de folio fiscal del CFDI correspondiente en el campo denominado “5. NUM. FACTURA” de la sección “DATOS DEL PROVEEDOR/COMPRADOR”, y transmitir al sistema electrónico aduanero a través de la Ventanilla Digital en documento digital dicho CFDI, aplicando el procedimiento señalado en la regla 3.1.29., con la información contenida relativa al valor y demás datos de comercialización contenidos en la factura.
En Soluciones Advans estamos listos para procesar Factura Electrónica de Comercio Exterior a partir del 01 de julio y contamos con múltiples soluciones para apoyar a los contribuyentes que aún no requieren servicios a la medida.
Aquellos contribuyentes que estén listos desde ahora, pueden iniciar el uso de la Factura Electrónica de Comercio Exterior, tal y como lo ha manifestado el SAT.
La Factura Electrónica de Comercio Exterior, al igual que el esquema de Comprobantes Fiscales Digitales a través de Internet (CFDI) que opera en México, debe entregarse o ponerse a disposición del receptor en el archivo digital XML correspondiente y, si el cliente lo solicita, de manera adicional debe compartirse también la representación impresa de dicho documento, mismo que puede incluir o no la información del complemento, sin por ello afectar la validez de la propia factura.
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