viernes, 12 de agosto de 2016

¿Qué son los proveedores autorizados para facturación electrónica?



Los proveedores autorizados para facturación electrónica son los que cuentan con la autorización de SAT (Servicio de Administración Tributaria) y pueden generar y procesar fuera del domicilio fiscal de quien lo contrate, aquellos comprobantes necesarios para efectos fiscales por medios electrónicos y de manera 100% digital. (sin que por ello se considere que se lleva la contabilidad fuera del domicilio mencionado).
Dichos proveedores efectúan el proceso de certificación de un comprobante fiscal digital a través de internet o Factura Electrónica, mediante la validación, asignación de folio e incorporación del sello digital del SAT (Servicio de Administración Tributaria).

Ya que sabes lo que significa ser parte de los proveedores autorizados para facturación electrónica y como se señala en diversas disposiciones fiscales, a partir de enero 2016, todos los contribuyentes están obligados a llevar contabilidad, y deberán llevarla a través de medios electrónicos e ingresar de forma mensual su información contable a través de Internet en el Portal del SAT (Servicio de Administración Tributaria) a excepción de los siguientes contribuyentes, los cuales tendrán la obligación de llevar su contabilidad a través de la herramienta electrónica “Mis Cuentas”

Puedes seguir leyendo más información acerca de este tema en el siguiente enlace de la fuente original:
http://advans.mx/content/¿qué-son-los-proveedores-autorizados-para-facturación-electrónica

¿Cómo puedo expedir recibos de nomina en línea?

¿Cómo puedo expedir recibos de nomina en línea?

¿Qué son los recibos de nomina?
La definición general acerca de estos documentos es la siguiente, los recibos de nómina en línea son los documentos que indican la cantidad pagada a los empleados por los servicios que prestó durante un periodo de tiempo a tu empresa. Esto tiene como finalidad asegurar que a tus empleados se les pague con las retenciones y deducciones correctas claro esta en tiempo y en forma.
Ahora bien tu empresa ¿Cuándo debe expedir a tus trabajadores el comprobante fiscal por el pago de nómina?
Esto debe realizarse en la fecha en la que se paguen las remuneraciones o antes de realizar los pagos; posterior al pago efectivo tienes de 3 a 11 días hábiles, según el número de trabajadores o asimilados a salarios que tengas:
De 1 a 50 trabajadores, 3 días hábiles.
De 51 a 100 trabajadores, 5 días hábiles.
De 101 a 300 trabajadores, 7 días hábiles.
De 301 a 500 trabajadores, 9 días hábiles.
Más de 500 trabajadores, 11 días hábiles.

Puedes consultar más información en la fuente original en el siguiente enlace:
http://advans.mx/content/¿Como-puedo-expedir-recibos-de-nomina-en-línea

¿Qué es cfdi (Comprobante Fiscal Digital a través de Internet)?

Para comprender ¿que es cfdi (Comprobante Fiscal Digital a través de Internet)? primero debemos iniciar por lo más básico.

Un Comprobante Fiscal Digital (CFD) es un documento electrónico que cumple con los requisitos legales y reglamentariamente expedidos por el SAT (Sistema de Administración Tributaria) que nos brinda la seguridad de que su origen y la integridad de su contenido es válido.
Este documento se elabora por el contribuyente y puede ser por medio de cualquier aplicación electrónica, paso siguiente es enviado a un Proveedor Autorizado de Certificación (PAC), para dar validez a dicho documento y asignando un folio y finalmente la certificación (el Sello Digital del SAT). El resultado final de todo esto es el “CFDI (Comprobante Fiscal Digital por Internet)”.

Es muy importante recalcar que todo Proveedor Autorizado de Certificación PAC debe de cumplir con los estándares establecidos por el SAT (Sistema de Administración Tributaria).

¿Cúales son los requisitos de las representaciones impresas de las facturas electrónicas (cfdi)?

Las impresiones de las facturas electrónicas (CFDI) deben cumplir con los siguientes requisitos:
I. Clave del Registro Federal de Contribuyentes de quien lo expida.
II. Régimen Fiscal en que tributen conforme a la Ley del ISR. (Consulte el procedimiento para obtener el régimen fiscal).
III. Sí se tiene más de un local o establecimiento, se deberá señalar el domicilio del local o establecimiento en el que se expidan las Facturas Electrónicas.
IV. Contener el número de folio asignado por el SAT y el sello digital del SAT.
V. Sello digital del contribuyente que lo expide.
VI. Lugar y fecha de expedición.
VII. Clave del Registro Federal de Contribuyentes de la persona a favor de quien se expida.
VIII. Cantidad, unidad de medida y clase de los bienes, mercancías o descripción del servicio o del uso y goce que amparen.
IX. Valor unitario consignado en número.
X. Importe total señalado en número o en letra.
XI. Señalamiento expreso cuando la contraprestación se pague en una sola exhibición o en parcialidades.
XII. Cuando proceda, se indicará el monto de los impuestos trasladados desglosados por tasa de impuesto y, en su caso, el monto de los impuestos retenidos.

XIII. Forma en que se realizó el pago (efectivo, transferencia electrónica de fondos, cheque nominativo o tarjetas de débito, de crédito, de servicio o la denominada monedero electrónico que autorice el Servicio de Administración Tributaria).
XIV. Número y fecha del documento aduanero, tratándose de ventas de primera mano de mercancías de importación.

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http://advans.mx/content/¿que-es-cfdi-comprobante-fiscal-digital-traves-de-internet